Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro Mercantil


La inscripción de constitución es el acto registral mediante el cual una sociedad adquiere personalidad jurídica plena y obtiene eficacia frente a terceros.

  • Antes de la inscripción, la sociedad existe únicamente como persona jurídica de hecho pero no puede operar plenamente ni contratar legalmente con efectos plenos frente a terceros.

  • La inscripción es obligatoria para todas las sociedades mercantiles (S.L., S.A., S.L.U., S.A.U.) según la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010).


Documentación necesaria

Para inscribir la constitución de una sociedad, se requiere presentar ante el Registro Mercantil del domicilio social:

  1. Escritura pública de constitución otorgada ante notario, que debe incluir:

    • Denominación social y forma jurídica.

    • Domicilio social.

    • Objeto social.

    • Capital social y aportaciones de los socios (efectivo, bienes, industria).

    • Estatutos sociales.

    • Identificación de los socios y administradores.

  2. Certificación del desembolso del capital social

    • En caso de aportaciones dinerarias, el banco debe certificar que se ha depositado el capital mínimo.

    • Para aportaciones no dinerarias, se debe incluir valoración y auditoría en caso de sociedades anónimas.

  3. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600), cuando proceda.


Procedimiento de inscripción

  1. Presentación de la documentación:

    • En el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social.

    • Puede ser telemática o presencial, según el registro.

  2. Calificación registral:

    • El Registrador revisa la legalidad formal y material de la escritura.

    • Puede requerir subsanaciones si detecta errores en denominación, capital, estatutos o poderes.

  3. Inscripción:

    • Una vez admitida, el Registrador asienta la sociedad en el libro correspondiente y le asigna tomo, folio y número de inscripción.

    • La sociedad adquiere personalidad jurídica completa y puede operar con efectos frente a terceros.

  4. Publicidad oficial:

    • La inscripción se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), lo que garantiza la publicidad frente a terceros.


Efectos de la inscripción

  • Personalidad jurídica: la sociedad puede actuar legalmente, contratar y ser demandada.

  • Responsabilidad limitada: en sociedades de capital, los socios limitan su responsabilidad al capital aportado.

  • Publicidad frente a terceros: la inscripción permite a clientes, proveedores y acreedores conocer la existencia legal de la sociedad.

  • Obligación de llevar libros contables y societarios: los libros deben legalizarse en el Registro Mercantil.


Plazos

  • No hay un plazo máximo fijado por la ley para la inscripción tras la escritura, pero la sociedad no puede operar plenamente hasta que el Registro la inscriba.

  • En la práctica, los Registradores suelen calificar e inscribir la escritura en 1 a 3 semanas tras la presentación correcta de la documentación.


Particularidades

  • La denominación social debe ser única en España; antes de la constitución se debe solicitar un certificado negativo de denominación en el Registro Mercantil Central.

  • Para sociedades con capital social elevado o aportaciones no dinerarias, puede requerirse un informe de auditor.

  • La inscripción es el paso previo a otros registros obligatorios, como Hacienda (alta en C.I.F.) o Seguridad Social.


Coste de la inscripción en el Registro Mercantil

El coste de la inscripción en el Registro Mercantil es de 665,50€.


Solicitud de inscripción en el Registro

  1. Recopile la documentación indicada.
  2. Una vez tenga toda la documentación, realice la solicitud y el pago que hay a continuación.
  3. Cuando recibamos la solicitud con la documentación, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Mercantil.
  4. Una vez terminada la inscripción se lo notificaremos.

Para solicitar la inscripción en el Registro Mercantil rellene el siguiente formulario:


Datos de la empresa sobre la que se solicita la inscripción

Suelta archivos aquí o
Tamaño máximo de archivo: 128 MB.

    Datos del solicitante

    Pago seguro

    Pago seguro(Obligatorio)